UNIDOS CONTRA EL PEON

Las causas por presunto "trabajo esclavo y sometimiento a servidumbre" en estancias rurales del norte bonaerense -que instruye el Juzgado Federal N° 2 de San Nicolás- se acumularon en dos expedientes en función de las empresas que explotan los campos y no por los establecimientos allanados. Las causas se originaron tras los allanamientos realizados en dos campos de San Pedro el 30 de diciembre y el 4 de enero pasados, y en otras tres fincas que explotan las firmas Status Ager S.A. y Suthern Seeds Production en las ciudades de Ramallo y Arrecifes, donde se hallaron unas 274 personas en condiciones laborales deplorables e infrahumanas.

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"Desde la óptica del Ministerio Público Fiscal está probado el delito de trata, y en algunos casos que se han pedido detenciones e indagatorias de los directivos de las empresas involucradas", dijeron voceros de la investigación.

Sin embargo, el juez Carlos Villafuerte Ruzo denegó las medidas impulsadas por la fiscalía y también rechazó los pedidos de eximición de prisión presentados por los imputados, aunque hasta ahora "no hay ningún detenido".

El juez federal N° 1 de San Nicolás, Martín Alberto Martínez, que subroga a Villafuerte Ruzo durante su licencia, dijo que se prorrogó el secreto de sumario en ambas causas hasta el 25 de enero, medida que había adoptado el titular del juzgado antes de tomar sus vacaciones.

El juez detalló que las declaraciones incorporadas en los expedientes son las "tomadas por la policía" a los explotados trabajadores santiagueños cuando se realizaron los allanamientos judiciales. Según fuentes judiciales, el magistrado denegó el pedido de la fiscalía para que se detenga y se tome declaración indagatoria a los directivos de las empresas involucradas en los presuntos casos de trata de personas y sometimiento a servidumbre.

Las mismas fuentes informaron que el juez "también denegó las eximiciones de prisión presentadas por los imputados, lo cual es contradictorio, porque si considera que no hay motivos para llamarlos a declarar no hay razones para rechazar la eximición de prisión".

Además, el juez Villafuerte Ruzo no delegó la instrucción de las causas en la fiscalía, por lo que el Ministerio Público sólo puede solicitar medidas que quedan a consideración del juzgado federal N° 2.


Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-160690-2011-01-18.html

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