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Los jueces indicaron que se ha comprobado en la causa que existe en la justicia de España un expediente en donde se juzgan exactamente los mismos hechos y a las mismas personas que en la denuncia formulada en la Argentina. Esa es, para los magistrados, la razón por la cual no se puede abrir una nueva causa en el país, porque se estaría violando la garantía constitucional de la persecución penal múltiple.
Ercolini había rechazado la investigación por considerar que la justicia argentina no tenía jurisdicción para intervenir porque los hechos no se cometieron en el territorio nacional.
Pero los camaristas avalaron el principio por el cual los crímenes de lesa humanidad afectan a la comunidad internacional toda y pueden ser juzgados en cualquier país del mundo si el Estado en donde se perpetraron no toma esa responsabilidad.
Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/subnotas/159300-51110-2010-12-24.html
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