ESCUPIR NO ES RESISTENCIA A LA AUTORIDAD


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La Sala V de la Cámara del Crimen porteña revocó el procesamiento de una mujer acusada de resistencia a la autoridad por escupir a una policía cuando la requisaba luego de ser detenida tras un asalto.

La mujer y un hombre fueron detenidos tras cometer un asalto contra tres personas y terminaron procesados por el delito de robo agravado por haberse cometido con armas. Los asaltantes fueron detenidos por policías y cuando una oficial requisaba a la mujer recibió un escupitajo.

“Más allá de la reprobación que merece, al no haber implicado el ejercicio de fuerza o violencia de cierta entidad para oponerse al accionar policial, dicho comportamiento carece de tipicidad objetiva en términos de la figura” de resistencia a la autoridad, explicaron las camaristas Mirta López González y María Laura Garrigós de Rébori en el fallo. El delito está contemplado en el artículo 239 del Código Penal y prevé prisión de quince días a un año para “el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones”.


Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-159181-2010-12-23.html

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