"NO EXISTE LA MAYORIA AUTOMATICA"

El ministro de Justicia, Julio Alak, defendió la actual Ley del Consejo de la Magistratura al afirmar que "para la construcción de una justicia independiente, jerarquizada y comprometida con los derechos humanos, hay que garantizar una composición mayoritaria de los representantes elegidos por el voto popular".

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Antes de presentarse ante la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Alak aseguró que la Ley 26.080 no le otorga poder de veto al oficialismo y que el organismo no funciona con mayoría automática, al tiempo que aportó estadísticas que dan cuenta de que más del 95 por ciento de las decisiones fueron tomadas por el Consejo por consenso.

Afirmó, además, que la optimización del Consejo ha acelerado los procesos de selección de jueces y anunció la implementación de un nuevo reglamento de concursos que acorta los plazos e incorpora exámenes orales, inscripción electrónica de postulantes y la publicidad de los temarios.

Alak encuadró la postura oficial respecto del Consejo de la Magistratura en "la política que se inició en 2003 con la renovación de la Corte Suprema como punto de partida para la promoción de una Justicia independiente y jerarquizada, y con el impulso de la derogación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida como plataforma para terminar con la impunidad en la Argentina".

"El Poder Judicial es del pueblo; no de las corporaciones", señaló Alak, y precisó: "No es de los jueces ni de los abogados; esos sectores no pueden tener una participación dominante sobre la representación popular".

En el mismo sentido, sostuvo que "existen muchas formas de agravar el déficit democrático del Poder Judicial" y que "la más notable es dejar el nombramiento de los jueces en manos de corporaciones no sujetas al voto popular".

El ministro calificó de "equilibrada" la actual composición del Consejo de la Magistratura, ya que "respeta fielmente el espíritu y la letra de la Constitución Nacional", dijo. "Nuestra Carta fundamental y las leyes -explicó- reconocen la participación de tres sectores originados en la voluntad popular: Poder Ejecutivo, Cámara de Diputados y Senado; y asimismo, tres sectores por las corporaciones: jueces, abogados y académicos. (...) La Ley vigente otorga la misma cantidad de miembros al Congreso y a los sectores de origen corporativo, y para evitar la paridad otorga un representante al Poder Ejecutivo", recordó Alak.

"Que exista un representante más por parte de los poderes de representación popular es correcto, porque otorga una leve mayoría a los órganos políticos distinguidos en primer término por su origen democrático", agregó. Respecto de la presunta capacidad de veto que se le adjudica al oficialismo, Alak fue tajante: "No existe mayoría automática", destacó, y explicó que "la Ley vigente impone la mayoría calificada (9 miembros) como requisito para la aprobación de las decisiones más importantes".

"La Ley establece que sólo un integrante debe ser representante del Poder Ejecutivo y seis del Congreso, sin que determine cuántos de ellos corresponden al oficialismo y cuántos a la oposición, sino que se trata de una ecuación que surge de la relación de fuerzas (mayorías y minorías) expresada coyunturalmente en las cámaras de Senadores y Diputados a partir de la voluntad popular", consignó el ministro.


Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-143519-2010-04-08.html

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