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La Cámara Civil prohibió los alquileres temporarios de departamentos a turistas a menos que ello esté expresamente contemplado en el reglamento de copropiedad del consorcio. El tribunal confirmó un fallo en el que un juez avaló los alquileres temporarios de departamentos a turistas extranjeros, una modalidad creciente en la ciudad de Buenos Aires, pero advirtió que ello no está permitido si se trata de una actividad comercial en un edificio destinado exclusivamente a vivienda.


Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-141020-2010-02-26.html

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