LA JUSTICIA DICTAMINO QUE LA RESOLUCION 100 SEGUIRA SUSPENDIDA
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La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal confirmó ayer que la resolución 100 de la Secretaría de Comunicaciones, que disponía la caducidad de la licencia de Fibertel, seguirá suspendida hasta que se resuelva la cuestión de fondo. El amparo ratifica la presentación que había realizado en primera instancia la Asociación para la Defensa de la Competencia (ADC), aunque ahora el Tribunal amplió los efectos de la medida cautelar, “garantizando la posibilidad de que nuevos usuarios contraten los servicios de acceso a Internet”. Fuentes oficiales adelantaron a Página/12 que apelarán la decisión de la Cámara y recordaron que otros juzgados ya rechazaron siete pedidos de particulares que habían realizado solicitudes similares.
La Cámara desechó la apelación del Estado porque no se analizaron “las derivaciones económicas del mercado en cuestión” y porque la continuidad de Fibertel no implica “en modo alguno afectar la libre elección del prestador que tiene la totalidad de los usuarios de Internet”.
El Tribunal determinó que “el derecho de defensa de la competencia tiene entidad propia” y señaló que, por lo tanto, “no debe ser confundido con el derecho de los consumidores, por la mera circunstancia de que puedan resultar beneficiados, en forma indirecta, por el comportamiento competitivo de los mercados”.
En relación con los jugadores del mercado de banda ancha, la Cámara señaló que “no parece razonable modificar las condiciones imperantes en el mercado con anterioridad a los efectos que provocará la ejecución de la resolución 100, los cuales no fueron ponderados debido a la falta de intervención del órgano competente en la materia”. Para darle la posibilidad a que los consumidores tengan más amplitud en la elección de prestadores, el fallo le permitió a Fibertel que ampliara su cartera con nuevos clientes. Al respecto, la Cámara dijo que “no puede descartarse que la medida cautelar, en cuanto distingue entre actuales y potenciales usuarios, distorsione la competencia en el mercado involucrado, desde que tiene por consecuencia limitar la puja entre las empresas que participan en él para atraer nuevos clientes, elemento esencial en el régimen que se intenta garantizar”.
Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-163271-2011-03-01.html
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