EL SENADO DIO MEDIA SANCION AL PROYECTO


[+] Mostrar esta Nota

El Senado otorgó media sanción al proyecto de ley que introduce en el Código Penal la figura de “desaparición forzada de personas”. La senadora del Frente para la Victoria Blanca Osuna (foto), firmante del proyecto junto a otros senadores, aseguró que la iniciativa “facilitará el trabajo de los jueces”. Esto es porque “por ejemplo para dictar sentencia a (el represor Antonio Domingo) Bussi y (el capellán de la Policía Bonaerense durante la dictadura, Christian) a Von Wernich los jueces debieron apelar a otras figuras penales”. Desde 1988 distintos legisladores ya habían intentado la modificación sin resultados favorables.

“Estamos cumpliendo con convenios que el Estado nacional había firmado y atendemos un reclamo de los organismos de derechos humanos”, señaló la senadora Osuna. El nuevo texto del artículo 142 del Código Penal que logró la media sanción establece penas de prisión de 10 a 25 años e inhabilitación absoluta y perpetua “al funcionario público o miembro de un grupo de personas que privare de la libertad a una o más personas, cuando este accionar fuera seguido de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona”.

La versión del proyecto final fue una fusión entre los presentados por el oficialismo a través de Osuna, Pedro Guastavino y otros legisladores, con otro de los senadores de la oposición Sonia Escudero, Luis Juez y Norma Morandini, entre otros. Ello posibilitó que la aceptación del proyecto fuera de forma unánime en el recinto: 68 votos a favor y ninguno en contra. Otra de las medidas que estipula el proyecto es que en caso de “muerte la pena será de prisión perpetua. La misma pena se aplicará si la víctima fuere una mujer embarazada, menor de 18 años, mayor de sesenta años o una persona con discapacidad”, y agrega que “cuando la víctima sea una persona nacida durante la desaparición forzada de su madre” corresponderá también la prisión perpetua como castigo.

Osuna explicó además que uno de los puntos más solicitados por los organismos de derechos humanos fue integrado al texto y, por ello, “el juez, de oficio o a pedido de parte, deberá apartar a las fuerzas de seguridad que intervengan en la investigación” cuando la causa indique que algunos de sus miembros “pudieran estar involucrados como autores o partícipes en los hechos que se investigan”.

La intención de introducir la tipificación de “desaparición forzada de personas” ya había sido propuesta en el Parlamento con anterioridad. En 1988 lo había hecho el entonces senador radical Hipólito Solari Yrigoyen, y sucesivamente lo reiteraron en diputados tanto la aliancista Graciela Fernández Meijide y el socialista Héctor Polino como la actual ministra de Defensa Nilda Garré y el subsecretario de Relaciones Parlamentarias, Oscar González.


Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-154085-2010-09-30.html

0 Responses to "Desaparición es delito"

Leave a Reply