ATROPELLO Y MATO A UN NENE DE CINCO AñOS EN PALERMO


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Un colectivero que atropelló y mató a un niño de cinco años, hace once días, en el barrio de Palermo, fue procesado con prisión preventiva por “homicidio simple con dolo eventual”, ya que el juez tuvo en cuenta que al menos un pasajero le pidió que redujera la velocidad y el chofer dijo que debía llegar rápido a su casa.

Se trata del colectivero Carlos Verón, quien, según el juez de instrucción Federico Salvá, debió haberse representado que con su accionar podía provocar la muerte de una persona, por lo cual le imputó el “dolo eventual”. Además, valoró los testimonios en los que aseguraron que al menos un pasajero le pidió que disminuyera la velocidad porque estaba circulando muy rápido. “Es más, ese pasajero le pidió bajar del colectivo y el chofer no se detuvo en dos paradas seguidas porque le dijo que se le hacía tarde para llegar a su casa”, explicó el fiscal de instrucción de la causa, Carlos Velarde.

En su resolución, Salvá, quien subrogó hasta ayer el Juzgado de Instrucción 26, a cargo de Mariano Scotto, por la feria judicial, embargó además los bienes del colectivero en cinco millones de pesos.

El accidente se produjo el 20 de julio en la esquina de Honduras y Scalabrini Ortiz, en Palermo, cuando Verón manejaba el interno 58 de la línea 15 y atropelló a la madre del niño, Cecilia García Otero, quien cruzaba la calle llevando en sus brazos a su beba Eugenia, de 6 meses, y de la mano a su hijo Facundo, de 5 años, quien murió por las lesiones sufridas.

Según el fiscal, en el expediente consta que la empresa para la que trabajaba el colectivero lo había reprendido días antes del hecho porque había circulado con el colectivo repleto en contramano por una calle. También informó que el juez rechazó el pedido de la excarcelación formulado por la defensa de Verón “no sólo por el monto máximo de la pena estipulado para este delito (hasta 25 años de prisión), sino también por la seriedad y características del hecho y por los antecedentes laborales”. Días atrás, el juez Salvá había denegado la excarcelación de Verón al hacer lugar a un planteo en ese sentido del fiscal, quien se había opuesto a la liberación del colectivero por el riesgo de que intente “eludir la investigación”.

El juez le atribuyó a Verón el mismo delito por el que Sebastián Cabello fue condenado en primera instancia en el 2003 por las muertes de Cecilia González Carman, de 38 años, y su hija Vanina, de 3.

Oscar, el hermano de Cecilia García Otero, que aún permanece internada por las lesiones que le provocó el accidente, manifestó ayer su satisfacción por la decisión judicial y aseguró que en este caso “la Justicia se puso los pantalones largos”. “Ojalá que en todos los casos sea así. Que se evalúe cada accidente automovilístico así. Si es accidente, es accidente, y si hay culpas, que el conductor pague sus culpas”, afirmó.


Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-150460-2010-07-31.html

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