LA JUSTICIA DISPUSO QUE LAS PARTES DESIGNEN PERITOS Y QUE SE REALICEN LOS ESTUDIOS GENETICOS DE LOS NOBLE HERRERA
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La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado libró ayer los oficios para que todas las partes que intervienen en el caso de Marcela y Felipe Noble Herrera designen peritos para la realización de los estudios de comparación de ADN. Según trascendió, el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) tiene intención de empezar los trabajos científicos del caso el próximo lunes 7 de junio. En forma paralela, la jueza denunció penalmente a su antecesor en la causa, el también juez federal Conrado Bergesio. En su presentación –que igualmente se realizó ante el Consejo de la Magistratura–, Arroyo Salgado le imputó a Bergesio los delitos de retardo de justicia y omisión en la realización de pruebas. La primera orden para que se concreten los estudios de ADN tiene fecha del 17 de diciembre de 2002 y la Cámara Federal de San Martín ordenó la inmediata realización de la comparación de ADN el 30 de abril de 2004. Desde esta última fecha pasaron seis años.
Arroyo Salgado salió ayer públicamente a explicar cómo se hizo el procedimiento del viernes. Confirmó, paso a paso, lo adelantado en exclusiva por Página/12 en su edición del sábado:
n En la reunión en el juzgado, se les ofreció a Marcela y Felipe que dieran su consentimiento para la utilización de muestras. Marcela respondió: “No consiento que mi material genético sea utilizado para ningún tipo de análisis de histocompatibilidad”. Felipe contestó: “No, no estoy de acuerdo”. Cuando se le preguntó si aceptaban dar nuevas muestras, Marcela dijo: “Me opongo a dar cualquier tipo de material genético”. Felipe dio la misma respuesta: “Me opongo a dar de nuevo cualquier tipo de material”.
n Ante la negativa de los jóvenes, la jueza ordenó la obtención del material a partir de las prendas que vestían Marcela y Felipe. Por ello, determinó que debían ser interceptados en la vía pública, llevados a su domicilio y que en un lugar privado entregaran la ropa interior y la vestimenta necesaria para realizar los estudios.
n En diciembre, cuando se hizo el anterior allanamiento, se trabó por una hora y media el ingreso al domicilio de los Noble Herrera. En ese ínterin, llegaron custodios y abogados. Marcela dijo que no tenía ropa interior puesta y entregó una ropa interior que, según sospechan en la Justicia, podría pertenecer al personal doméstico. De Felipe tampoco se obtuvo ninguna prenda que probadamente le haya pertenecido. Con ese antecedente, Arroyo Salgado resolvió asegurarse de que en el procedimiento del viernes se consiguiera ropa con sudor, pelos y material apto para hacer el estudio de histocompatibilidad.
n En el procedimiento intervinieron secretarios del juzgado, médicos del BNDG y del Cuerpo Médico Forense, policías de civil y testigos. En todos los casos, se trató de varones y mujeres, de manera que el trato con Marcela y Felipe fuera con personas del mismo sexo. La entrega de la ropa interior se hizo dentro de un baño y, obviamente, tenían la chance de ponerse otra ropa interior de inmediato porque estaban en su propia casa. Esto último no hubiera sido posible en el juzgado.
n Todo lo ocurrido quedó registrado en un acta que fue firmada por los dos abogados, Alejandro Carrió y Roxana Piña, quienes no manifestaron queja alguna ni consignaron la existencia del trato vejatorio que horas después alegaron.
Arroyo Salgado había hecho constar en el escrito con el que ordenó las medidas que el procedimiento se hiciera “resguardando la intimidad, el pudor y el trato respetuoso que corresponde a las víctimas”. Ayer, en declaraciones realizadas en Radio del Plata, la jueza reiteró que actuó exactamente de la misma manera que lo hizo en los tres casos anteriores en los que intervino: Ricchiuti, Torres Molina y Feretton (ver aparte).
En la denuncia penal contra el juez Bergesio, Arroyo Salgado menciona tres denuncias que se produjeron a lo largo del expediente porque el magistrado no avanzaba en la toma de muestras y en los estudios genéticos. Por ejemplo, en el texto entregado ayer a la Justicia, Arroyo Salgado cita que la fiscal Rita Molina pidió el 7 de enero de este año que se hagan los estudios y el juez ni siquiera le contestó. Cuando la Cámara de San Martín se pronunció en 2004 ya le había dicho a Bergesio que estaba incurriendo en retardo de justicia y mencionó “la inexplicable demora del magistrado”. Arroyo Salgado cita aquella resolución de 2004 en un textual: “debiendo el juez sin más demoras practicar la peritación genética pendiente”. Este año, en febrero, la Cámara volvió a ordenar el estudio genético en forma inmediata y Bergesio tampoco cumplió con lo requerido.
Para redondear, la jueza habla de la forma irregular en la que se concretó el allanamiento de diciembre, la no remisión de las muestras que se mantuvieron guardadas en una caja fuerte del juzgado de Bergesio y una actuación “mancomunada” entre una de las partes –en referencia a la dueña de Clarín– y el juez.
Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-146746-2010-06-01.html
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