FALLO EN CONTRA DE LA AFIP

Se trata del juez federal número 2 de San Martín, Juan Manuel Yalj, quien declaró "inconstitucionales" las clausuras preventivas dispuestas por la Administración Federal de Ingresos Públicos, por considerar que "poseen el inequívoco propósito de sancionar a una persona sin proceso previo contrariando la Constitución".

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Yalj advirtió que es "una facultad judicial" tomar este tipo de medidas, en su fallo tras una clausura preventiva que realizó la AFIP en un local comercial de Villa Ballester.

El magistrado declaró la inconstitucionalidad del artículo 35, inciso f, de la ley de Procedimientos Fiscales, que habilita a la AFIP a clausurar preventivamente los comercios que no estén en regla, según informaron fuentes judiciales.


Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-142944-2010-03-30.html

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