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La normativa, en su artículo 2, establece normas mínimas de seguridad que deben adoptar las entidades financieras. Entre ellas, la de contar en las líneas de cajas y cajeros automáticos con un sistema de protección con suficiente nivel de reserva, que impida la observación de terceros; o espacios blindados para cajas de seguridad, "en subsuelo o a nivel, separado de paredes medianeras, a prueba de incendio y de violación por elementos mecánicos o soplete oxhídrico".
La ley se sancionó a fines de septiembre, luego del caso Píparo, en el cual una mujer embarazada resultó baleada luego de extraer de un banco dinero en efectivo; y fue promulgada de hecho el 28 de octubre de 2010.
La norma obliga al BCRA a reglamentar las medidas de seguridad en un plazo de 60 días y aunque no especifica si se trata de días corridos o hábiles, el procedimiento administrativo entiende que el plazo se cuenta en días hábiles por lo cual el término opera el 21 de enero próximo.
Nota Original: http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/subnotas/159836-51245-2011-01-04.html
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